SCJN Atrae Caso sobre Adopción: Implicaciones y Derechos de Niños

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido atraer un caso que ha generado debate sobre los criterios de adopción en México. Una mujer solicitó adoptar a una menor de tres años, especificando que debía ser de nacionalidad estadounidense y de origen afroamericano, argumentando su admiración por las cualidades físicas, emocionales y la resiliencia histórica de las personas de esa raza. Sin embargo, su solicitud fue rechazada por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), que emitió un certificado de no idoneidad para la adopción.

El caso comenzó en 2018, cuando la mujer inició el trámite de adopción internacional ante la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Aunque presentó toda la documentación requerida, el Comité Técnico de Adopción del DIF determinó que su perfil no cumplía con los requisitos necesarios para garantizar el interés superior de la niñez. Según el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), la adopción debe concebirse como un mecanismo para restituir el derecho humano de los menores a vivir en familia, y no como un medio para satisfacer el deseo de maternidad o paternidad de los adultos.

La mujer impugnó la decisión, argumentando que su caso debía ser juzgado con perspectiva de género y que podría haber existido discriminación en el proceso. Sin embargo, el TFJA concluyó que la negativa no configuraba un acto discriminatorio, ya que se basó en estudios psicológicos y diagnósticos sociales que evaluaron su idoneidad para la adopción.

Ante la trascendencia del caso, la SCJN decidió ejercer su facultad de atracción para analizar si existe algún derecho vulnerado en el proceso. El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá será el encargado de elaborar el proyecto que determinará si la resolución del DIF y del TFJA fue adecuada.

Este caso plantea preguntas importantes sobre los criterios de adopción y la protección del interés superior de la niñez, así como sobre los límites de las preferencias personales en los procesos de adopción. La decisión de la SCJN podría establecer un precedente significativo en la legislación mexicana.

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