Proyecto del TEPJF busca revocar orden del INE al PRI por llamar «narcopartido» a Morena

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Un proyecto de sentencia en la Sala Superior del TEPJF propone revocar las medidas cautelares que el Instituto Nacional Electoral impuso al PRI y a su dirigente nacional, Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, por publicaciones que calificaban a Morena como «narcopartido». La Comisión de Quejas y Denuncias del INE había ordenado eliminar o modificar 15 publicaciones y un reposteo, además de contenidos de legisladores del tricolor.

La nota retoma el expediente difundido entre el viernes y este sábado; en la ventana de las últimas dos horas no surgió un suceso político nuevo de mayor peso, así que se documenta el avance más concreto del día en tribunales electorales. Los recursos son los SUP-REP-53/2026 y acumulados, contra el acuerdo ACQyD-INE-30/2026 del 21 de septiembre.

Qué ordenó el INE y qué propone el TEPJF

Además de Moreno Cárdenas, el INE señaló materiales del PRI, de su grupo parlamentario en San Lázaro y de los diputados Emilio Suárez Licona y Rubén Moreira, la senadora Carolina Viggiano y el diputado local de Hidalgo Marco Antonio Mendoza Bustamante. Entre las expresiones cuestionadas estaban «narcopartido», «narcogobierno» y «narcopolíticos».

La ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón sostiene que esas frases no imputan de manera directa un hecho o delito falso verificable. Argumenta que no precisan qué conducta se atribuye, quién la habría cometido, cuándo ocurrió ni cuál sería el tipo penal. Por eso las califica como valoraciones políticas severas propias del debate, no como calumnia en sentido estricto.

El proyecto también confirma la negativa de cautelares pedidas por Morena contra el promocional «SEÑALAMIENTOS» y una publicación del PRI que afirmaba que ese partido «no quiere limpiar su partido de criminales». En ambos casos la ponencia las trata como opiniones generales severas, sin atribución concreta de delito.

Voto previsto y límites de la inmunidad

Medios especializados señalan que la Sala Superior del TEPJF podría discutir el proyecto el 7 de octubre. Si se aprueba, quedarían sin efecto las órdenes de retiro y los materiales podrían volver a redes. Las cautelares son provisionales; la legalidad de fondo se definirá al resolver el procedimiento especial sancionador.

Sobre el peligro en la demora, la ponencia califica de «dogmática» y «superficial» la justificación del INE, al no explicar qué riesgo concreto generaba mantener las publicaciones. Moreno Cárdenas alegó protección del artículo 61 constitucional; el proyecto descarta ese argumento: dice que la inviolabilidad parlamentaria es una garantía funcional, no un privilegio personal, y que no hay vínculo con una actividad legislativa concreta.

El expediente deja así un choque institucional abierto entre el INE y el TEPJF en torno al alcance de la crítica partidista en redes. El próximo voto de la Sala Superior fijará si las 15 publicaciones del PRI y aliados pueden permanecer o deben seguir retiradas mientras se resuelve el fondo.

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